Rectángulo redondeado: Los derechos  de los niños

Los derechos de los niños se reconocieron hace pocas décadas

POR NICOLÁS PARRILLA

 

La Declaración de la ONU se presentó en 1959. La Argentina tiene un marco jurídico de avanzada pero que no siempre se logra poner en práctica

Los niños y adolescentes empezaron a ver reconocidos sus derechos recién en la segunda mitad del siglo XX, cuando desde diversos sectores del Estado, en sintonía con algunos avances culturales, se tomaron medidas que los beneficiaron.

A partir del desarrollo de la psicología y de la pediatría y el crecimiento de los hospitales públicos, se aseguraron derechos primordiales para los menores. “La labor de Florencio Escardó, y su mujer Eva Giberti, al frente del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, fue verdaderamente revolucionaria”, rescata Nora Pulido, directora de la Asociación por los Derechos de la Infancia (ADI), e integrante del Colectivo
de Derechos de Infancia y Adolescencia de la Argentina. Fue Escardó quien introdujo en el mundo hospitalario la internación de las madres con sus hijos para mantener el vínculo afectivo, beneficiando así la recuperación de los chicos, cuando hasta ese entonces sólo era permitida una visita diaria de dos horas.

A nivel mundial, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas publicó su Declaración de los Derechos del Niño en noviembre de 1959, tomando como base una serie de proclamaciones dictadas a principios de los años veinte por la organización inglesa Save the children. “Desde las posiciones de
poder, recién en los 60 se empezaron a reconocer estos derechos, aunque muy lentamente -explica Pulido- ya que a nuestra sociedad adultocéntrica siempre le costó dar un paso al costado para dejar crecer a otros sectores”.

Sin embargo, aunque no obtuvieran una oficialización de su posición, los adolescentes se empezaron a ver como un colectivo social que presionó para encontrar su lugar. “Las movilizaciones estudiantiles, la defensa de la educación pública y la protesta encabezada por el eslogan Laica o libre, durante el gobierno de Arturo Frondizi, fueron claves para que los sectores de poder abran los ojos ante el
nuevo actor que se presentaba en la sociedad”, asegura Pulido.

El paso decisivo para establecer los derechos de los niños se dio en 1989, cuando la ONU firmó la Convención sobre los Derechos del Niño, compuesta por 54 artículos, y considerada una versión definitiva y mejorada de todas las declaraciones anteriores, que se desprendía de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En Argentina, el Congreso Nacional la ratificó en 1990, a través de la ley 23.849, y fue incorporada a la Constitución Nacional luego de la reforma de 1994.

Para el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez la clave de la Convención fue que “convirtió
a los niños de sujetos irregulares, que dependían exclusivamente de sus padres, en sujetos de derecho, y les otorgó derechos y obligaciones”, conformando así a los niños (y ya no más ‘menores’) en un actor social reconocido oficialmente.
En Argentina, un hito histórico reciente fue la declaración de la ley 26.061, de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, sancionada en septiembre de 2005. La ley sumó a los derechos y garantías ya establecidos, los contemplados en tratados internacionales actualmente ratificados por la Nación, como los que a futuro se celebren y creó la figura del Defensor
de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

“La verdadera importancia de la ley 26.061 radica en su artículo primero –señala Gil Domínguez– que permite a todo ciudadano iniciar acciones legales con el fin de restaurar cualquier derecho que se vea superado por alguna decisión judicial”. Para el abogado, especialista en infancia, la normativa existente establece una cantidad suficiente de leyes que garantizan el cumplimiento de los derechos. “El problema radica en la poca preparación con que cuentan los jueces que participan en asuntos de minoridad”, reflexiona Gil Domínguez, quien considera que en el Poder Judicial es necesaria una mayor
capacitación de todas las partes, a fin de conseguir dictámenes más ajustados al ideal de derecho que establece la legislación vigente.

Fuente Clarin.com 12 de enero de 2012

Abogados para niños y adolescentes

 

La Asesoría General Tutelar (AGT) creó un equipo especial de letrados. Quienes integren el grupo patrocinarán a todas aquellas personas menores de edad que requieran cualquier clase asesoramiento jurídico. A inicios de febrero será el debut del equipo a modo de prueba piloto.

La Asesoría General Tutelar (AGT) de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la creación del “Equipo de abogada/os para niños, niñas y adolescentes”. Los profesionales de este equipo patrocinarán a todas aquellas personas menores de edad que requieran asesoramiento jurídico de cualquier tipo.

La decisión de crear este “equipo especial” se plasmó en la resolución             210/2011       de la Asesoría que consigna que se contratarán profesionales “con especial versación en la materia y especialmente capacitados”.

Asimismo deberán patrocinar a todas aquellas personas menores de edad que requieran asesoramiento jurídico de cualquier tipo, y tendrán especial incidencia en casos de internación por razones de salud mental o institucionalización. Deberán “realizar la defensa técnica de los derechos y garantías reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente”.

El equipo comenzará con su tarea a partir del próximo 1 de febrero pero a modo de prueba y con “absoluta observancia de la voluntad del niño, niña o adolescente” respetando “la voluntad de la persona menor de edad” y de acuerdo a esa voluntad podrá oponerse a la institucionalización y/o externalización”, por ejemplo.

La labor del equipo concluirá cuando la “persona sea externada o cuando cese la intervención del organismo de protección de derechos”.

La resolución firmada por Laura Musa viene tiene fundamento tanto en la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en el país, como la Ley Nº 26.061 de Protección Integral y la Constitución de la CABA que establecen -de acuerdo a la garantía del debido proceso- el derecho de los niños y niñas a ser oídos y asistidos jurídicamente por un letrado especializado en niñez y adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo.

“La puesta en marcha de este cuerpo de abogada/os constituye un paso de trascendencia en la construcción de una institucionalidad acorde al plexo normativo vigente en materia de derechos humanos”, explican desde el Ministerio Público Tutelar.

Asimismo, agregan que “con esta nueva herramienta de la Justicia se estará cumplimentando el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser oídos, a expresar su opinión libremente, a contar con asistencia jurídica y a impugnar la legalidad de la privación de su libertad. En definitiva, a ser considerados sujetos de derechos”.

 Fuente Diario Judicial   8 de enero de 2012 Dju